Negligencias médicas

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Negligencias médicas

¿Qué es una negligencia médica?

Se produce cuando un profesional o centro sanitario se aparta de la “lex artis” (los estándares y protocolos médicos aceptados) y ese error u omisión causa un daño evitable al paciente. No basta con un mal resultado: debe existir falta de diligencia y un nexo causal claro entre la actuación incorrecta y el perjuicio sufrido.

Supuestos más habituales

  • Errores o retrasos en el diagnóstico que impiden tratar a tiempo una enfermedad o la agravan.
  • Fallos quirúrgicos: intervenir la zona errónea, dañar órganos sanos, dejar material en el interior, técnicas mal ejecutadas.
  • Infecciones hospitalarias evitables por deficiencias de higiene o esterilización.
  • Negligencias en el parto: mala monitorización fetal, retraso injustificado en practicar cesárea urgente, uso inadecuado de fórceps/ventosa, lesiones a madre o bebé.
  • Errores de medicación (fármacos o dosis equivocadas), altas prematuras, falta de seguimiento postoperatorio o ausencia o defectos en el consentimiento informado.

(Estos son ejemplos frecuentes, pero cada caso requiere un análisis individualizado para confirmar si hubo desviación de la buena praxis.)

Cómo reclamar: vías y pasos

  1. Reunir documentación y pruebas: historia clínica completa, consentimientos, recetas, facturas, etc.
  2. Valoración por abogados y peritos médicos: se estudia si hubo desviación de la lex artis y si existe viabilidad para reclamar.
  3. Elegir la vía adecuada según el ámbito:
    1. Sanidad pública: reclamación de responsabilidad patrimonial (vía administrativa). Si se desestima o hay silencio, se acude al contencioso‑administrativo.
    2. Sanidad privada: demanda civil por responsabilidad contractual (y, si conviene, acción directa contra la aseguradora).
    3. Vía penal (solo en casos especialmente graves o temerarios): denuncia/querella por lesiones o imprudencia profesional.
  4. Presentación formal y seguimiento: negociación con aseguradoras o, en su defecto, juicio con apoyo de perito médico y procurador.
  5. Resultado: acuerdo extrajudicial (frecuente si la responsabilidad es clara) o sentencia que fija la indemnización. Se añaden intereses si hubo retraso injustificado en el pago

Indemnizaciones posibles

  • Daños físicos y secuelas permanentes: (limitaciones funcionales, discapacidades, cicatrices).
  • Gastos médicos y asistenciales: tratamientos, rehabilitación, medicamentos, adaptaciones del hogar/vehículo, cuidadores.
  • Lucro cesante y pérdida de capacidad laboral: ingresos dejados de percibir durante la baja o de forma permanente.
  • Daño moral: sufrimiento físico/psíquico, pérdida de calidad de vida, perjuicio estético.
  • Perjuicios a familiares (fallecimiento o gran invalidez): compensación por daño moral y económico.

Plazos de reclamación

  • Sanidad pública: 1 año desde la estabilización de las lesiones o desde el fallecimiento.
  • Sanidad privada: generalmente 5 años (responsabilidad contractual). Cuidado: la acción directa contra la aseguradora puede prescribir al año. En todos los casos, actuar pronto es esencial para no perder el derecho: iniciar trámites y reclamaciones interrumpe la prescripción.

Pruebas necesarias

  • Historia clínica completa (prueba base)
  • Informe pericial médico independiente (pieza clave para demostrar el error y el daño).
  • Testigos y documentación complementaria: consentimientos, comunicaciones, protocolos, que ayuden a reconstruir los hechos.

Nuestro compromiso

  • Consulta inicial gratuita y valoración honesta de viabilidad.
  • Equipo especializado de abogados
  • Acompañamiento integral y cercano: usted se centra en recuperarse; nosotros nos encargamos del procedimiento y de pelear por la máxima indemnización.

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